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Reglamento Interno y Disciplina

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Normativa que regula los Reglamentos Internos

Todos los establecimientos subvencionados deben contar con un Reglamento Interno que rija las relaciones entre el establecimiento, los alumnos y los padres y apoderados.

Cada comunidad educativa tiene el derecho de definir sus propias normas de convivencia de acuerdo con los valores expresados en su proyecto educativo. Estas deben enmarcarse en la ley y en todas las normas vigentes y deben tener como horizonte la mejor formación de los alumnos.

Es deber de los padres conocer, estudiar y aceptar el Reglamento Interno de Convivencia antes de matricular a su hijo(a). No es legítimo reclamar por la aplicación adecuada de normas que antes se aceptaron voluntariamente.

La creación de los Consejos Escolares permite a los estudiantes y padres y apoderados, participar en la revisión del Reglamento de Convivencia, y aprobarlo, si se le hubiese otorgado esta atribución.

Exigencias que deben cumplir los Reglamentos Internos de Convivencia

De acuerdo a la modificación de la Ley de Jornada Escolar Completa (Modificaciones al D.F.L. Nº 2 de Subvenciones, letra d del Art. 6):

  • Todos los establecimientos subvencionados deben contar con un Reglamento Interno que rija las relaciones entre el establecimiento, los alumnos y los padres y apoderados. Esta condición es requisito para solicitar la subvención estatal.
  • Apoderados y alumnos deben recibir una copia del reglamento interno cuando se integran al colegio. Si el reglamento sufre modificaciones, el colegio debe distribuirles el nuevo texto al momento de renovar la matrícula.
  • El reglamento interno debe contener, a lo menos, las normas de convivencia, además de los procedimientos y sanciones a través de los cuales se aplican, incluidas las instancias de revisión de las medidas adoptadas.
  • Ninguna disposición del Reglamento Interno puede contravenir las normas legales vigentes (la Constitución, la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza y la Convención de los Derechos del Niño).
  • Si una disposición vulnera estas leyes, se entenderá por no escrita (es decir, no vale) y, por lo tanto, no servirá para explicar una sanción.
  • La infracción por parte de un establecimiento de cualquiera de las disposiciones recién señalas será sancionada como infracción grave.

Criterios que se deben cumplir para poder aplicar una medida de expulsión

La expulsión es considerada como una medida extrema, excepcionalísima y última, legítima sólo cuando efectivamente la situación implique un riesgo real y actual (no potencial o eventual) para el resto de la comunidad y ya se haya cumplido con todos los procedimientos exigidos.

Una expulsión o cancelación de matrícula debe cumplir cuatro criterios generales:

  • Debe estar de acuerdo con la legalidad vigente.
  • Estar expresamente señalada -su causal y condiciones- en el Reglamento Interno, el que debe haber sido conocido y aceptado por la familia al matricular a su hijo.
  • Basarse en razones fundadas, procedimientos transparentes y criterios no discriminatorios.
  • Haber sido informada con anticipación a la familia y al alumno, en un procedimiento que les permitiera hacer descargos y con una instancia de revisión real al interior de la comunidad escolar.