Información del Sistema
Educación Básica
“La enseñanza básica es obligatoria, debiendo el estado financiar un sistema gratuito con tal objeto destinado a asegurar el acceso a ella a toda la población”.(Constitución Política de la República de Chile)
Para hacer efectivo este derecho es necesario que los estudiantes, padres y apoderados estén bien informados respecto de la normativa que rige al Nivel de Educación Básica, los programas de mejoramiento que se están implementando y las ayudas disponibles para los alumnos de menores recursos, entre otros temas. Aquí les entregamos información básica que deben manejar.
SubirIngreso:
- Edad mínima de ingreso a 1º básico: 6 años (cumplidos al 31 de marzo).El director(a) del establecimiento tiene la facultad para extender la fecha hasta el 30 de junio, en casos justificados.
- Edad mínima de ingreso para otros cursos: No se fija edad límite para ningún otro curso de este nivel.
- Documentos a presentar:
- Certificado de nacimiento del niño(a).
- Certificado de estudios del último año e informe escolar para quienes ingresen a cursos intermedios.
Sistema de Becas
Todos los establecimientos Particulares Subvencionados con financiamiento compartido deben entregar una cierta cantidad de becas (parciales o totales) a los alumnos(as) que por su situación socioeconómica no puedan pagar la escolaridad.
Matrícula gratuita
Los establecimientos de administración municipal deberán otorgar cupos a todos los alumnos residentes en la comuna que lo requieran, previa declaración escrita del apoderado en que solicite el beneficio de la gratuidad.
SubirNormativa:
- Objetivos Fundamentales y Contenidos Mínimos Obligatorios de Educación Básica:
- Decreto Nº 40 de 1996 http://www.mineduc.cl/biblio/documento/dec19960040.pdf
- Decreto Nº 232 (última modificación al Decreto Nº 40) http://www.mineduc.cl/biblio/documento/decreto232basica.zip
- Evaluación y Promoción: Decreto Exento Nº 511 de 1997 http://www.mineduc.cl/biblio/documento/511_97.pdf
- (21/06/1999) Decreto Exento 158 de 1999 Modifica Decretos Supremos excentos de Educación N° 511 de 1997 y N° 112 de 1999 que aprueban normas de evaluación y promoción escolar para la Enseñanza Básica y para 1° y 2° año de Enseñanza Media respectivamente. http:/docs/resguardo/resg_lydec/dec_158.pdf
Cobros permitidos en Educación Básica según tipo de establecimiento:
- Municipal y Particular Subvencionado sin financiamiento compartido:
- Proceso de selección: $ 3.500
- Matrícula anual y escolaridad (mensualidad): Gratuita
- Centro de Padres: Aporte voluntario. No se puede cobrar más de 0,5 UTM al año
- Particular Subvencionado con financiamiento compartido:
- Proceso de selección: $ 3.500
- Matrícula anual: Gratuita
- Escolaridad (mensualidad): El cobro mensual promedio no puede superar las cuatro Unidades de Subvención Educacional USE (valor USE al año 2011= $ 18.190,928). Es decir, no se puede cobrar más de 48 USE al año. Una vez fijados los montos y su reajuste anual, deben ser respetados por un lapso de tres años.
- Centro de Padres: Aporte voluntario. No se puede cobrar más de 0,5 UTM al año